domingo, 10 de enero de 2016

Morales acusa a Ramos Allup de desacato y advierte que puede ser detenido

El constitucionalista Gustavo Linares Benzo no sólo no cree que la AN haya incumplido ninguna orden del TSJ sino que además recordó que los diputados de Amazonas lo son desde que fueron proclamados a la luz del artículo 200 de la Carta Magna.

 

Morales calificó como "un estado de rebeldía" juramentación de los tres diputados de Amazonas
JUAN FRANCISCO ALONSO |  
viernes 8 de enero de 2016  06:36 PM
Caracas.- Tras asegurar que son nulas de nulidad absoluta todas las decisiones que la recién instalada Asamblea Nacional por "la presencia espuria" de tres diputados impugnados, la expresidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Luisa Estella Morales, señaló al presidente del organismo, diputado Henry Ramos Allup, como el presunto artífice de ese incumplimiento y aseguró que por ello puede ser detenido.

"(Las decisiones) tienen un elemento que las hace anulables que es la presencia espuria de unos miembros que no deberían estar ahí porque ya el Poder Judicial los sustrajo de la Asamblea cuando dijo: 'no se encarguen, no pueden ser juramentados en virtud de que debemos averiguar estas irregularidades que supuestamente ocurrieron en el proceso electoral'", afirmó la recientemente jubilada magistrada en entrevista a Venezolana de Televisión (VTV).

Morales prosiguió calificando como "un Estado de rebeldía" la decisión de la mayoría opositora del Parlamento de juramentar a los tres legisladores opositores de Amazonas que fueron impugnados por el chavismo y advirtió que esto "tiene una sanción que puede llegar a ser corporal", luego de recordar el caso de los destituidos alcaldes de San Cristóbal (Táchira) y San Diego (Carabobo), Daniel Ceballos y Enzo Scarano, quienes fueron encarcelados en 2014 acusados de no cumplir una orden para levantar las barreras construidas durante las protestas que sacudieron al país.

¿Pero según ella quién es el culpable de ese desacato? "La responsabilidad la tiene en este caso la Presidencia de la AN, que es quien en este momento tiene en su cabeza la responsabilidad de los actos que se ejecuten en la AN", respondió la expresidenta del TSJ apuntando a Ramos Allup.

Sin embargo, el precedente de los alcaldes que menciona Morales no es equiparable, al menos a la luz del artículo 200 de la Constitución, el cual otorga a los diputados el privilegio del antejuicio de mérito, por lo tanto no podrían ser detenidos sin que el Ministerio Público solicitara al pleno del máximo juzgado permiso para procesarlo, pero aún cumpliendo esos pasos al fin se requeriría del visto bueno del Parlamento.

La única manera de detener a un parlamentario, sin cumplir ese procedimiento especial, es en caso de "delito flagrante".

Otra visión

La afirmación de Morales de que todas las decisiones adoptadas por la AN son anulables por la juramentación de los diputados impugnados no es compartida por el constitucionalista Gustavo Linares Benzo.

"En derecho existe el principio de la no extensión de la nulidad, es decir que solo se anule lo que en realidad está viciado", dijo, al tiempo que agregó: "A lo sumo solo podrían anularse las decisiones en las que participaron los tres diputados, los cuales tengo entendido que no han participado en ninguna decisión".

Linares Benzo, por su parte, negó de plano que la AN haya incurrido en algún desacato, por el contrario acusó a la Sala Electoral de extralimitarse en sus funciones al dictar la medida cautelar que suspendió la juramentación de los tres diputados de Amazonas, por cuanto recordó que ellos ya eran diputados desde que fueron proclamados.

"Los diputados de la AN gozan de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o su renuncia", reza el artículo 200 de la Carta Magna.

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