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Decisiones
de AN son declaradas nulas y entra en desacato......
TSJ ordena a la Asamblea Nacional
desincorporar a los tres diputados opositores de Amazonas
Sala Político Electoral del Tribunal Supremo de Justicia,
declaró nulos todos los actos dictados por el Parlamento Nacional.
Credito: Aporrea.org
Caracas, 11/01/2015.- Acaba de conocerse que la Sala Político
Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, declaró nulos todos los actos
dictados por el Parlamento y los que se dicten mientras los tres legisladores
sigan incorporados.
Así mismo, el TSJ solicita la desincorporación inmediata de
la plenaria de la Asamblea Nacional de a los diputados opositores por el estado
Amazonas, Julio Ygarza, Romel Guzamana y Nirma Guarulla, ordenó el Tribunal
Supremo de Justicia (TSJ).
La decisión la adoptó esta tarde la Sala Electoral, la cual
admitió la denuncia por desacato que el sector de los diputados del “bloque de
la Patria” interpuso la semana pasada
contra la directiva del Parlamento encabezada por el diputado Henry Ramos
Allup.
Aunque el contenido del fallo no está disponible, en la
página web del máximo juzgado se anuncia que son "nulos absolutamente los
actos de la Asamblea Nacional que se hayan dictado o se dictaren, mientras se
mantenga la incorporación de los ciudadanos sujetos de la decisión N 260 del 30
de diciembre de 2015 y del presente fallo".
Como se recordará el 4
de enero de 2015, la Sala Electoral del
Tribunal Supremo de Justicia publicó la sentencia al recurso de impugnación
parcial a las elecciones del 6 de diciembre introducido por la ciudadana Nicia
Maldonado, candidata a Diputada de la Asamblea Nacional por el estado Amazonas.
Posteriormente la Sala Electoral del TSJ se declaró
competente para conocer el caso y ordenó suspender a cuatros diputados electos
en el estado Amazonas, uno del Psuv y 3 de la MUD:
“ de forma provisional
e inmediata la suspensión de efectos de los actos de totalización, adjudicación
y proclamación emanados de los órganos subordinados del Consejo Nacional
Electoral respecto de los candidatos electos por voto uninominal, voto lista y
representación indígena en el proceso electoral”
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